• Se firmó Acuerdo Administrativo para aplicación de Convenio bilateral de la Seguridad Social

    Ecuador y España firmaron en Madrid el Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio Bilateral de Seguridad Social entre los dos países, que sustituirá al anterior Convenio vigente desde hace más de cincuenta años.


    El documento, que fue suscrito por el Secretario de Estado español para la Seguridad Social, Octavio Granado, y por el Encargado de Negocios de la Embajada del Ecuador, Leopoldo Rovayo, constituye la culminación de cuatro años de negociaciones, y entrará en vigencia tras su publicación en el Registro Oficial (Ecuador) y el Boletín Oficial del Estado (España).

    La Embajada informó en un comunicado que el impulso final para la renovación del Convenio hispano-ecuatoriano, que beneficiará a los 146.913 trabajadores ecuatorianos que están actualmente afiliados al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), fue conducido por el hasta ahora embajador Galo Chiriboga Zambrano, quien no pudo estar presente en la firma porque tuvo que viajar a Quito para asumir sus nuevas funciones de Fiscal General del Estado.

    Al acto de la firma asistieron también, que se desarrolló en la Secretaría de Estado de la Seguridad Social española, el Cónsul Honorario del Ecuador en Madrid, Gonzalo Alonso, y el asesor de Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo de España, Aurelio González

    El Convenio, que había sido suscrito formalmente en Madrid el 4 de diciembre de 2009 por los ministros de Relaciones Exteriores de los dos países, y luego aprobado por ambos Parlamentos, se encuadra en la nueva realidad caracterizada por la presencia de 359.076 ciudadanos ecuatorianos registrados en los padrones municipales de España, según los últimos datos oficiales de enero de 2011.


    De acuerdo con lo estipulado, el nuevo Convenio establece el principio de igualdad de trato para los trabajadores o pensionistas ecuatorianos en España, y españoles en el Ecuador, así como sus respectivas familias, quienes podrán tener acceso a las prestaciones contributivas por jubilación, maternidad, supervivencia, accidentes de trabajo, incapacidad temporal y permanente, enfermedades profesionales y auxilio por defunción.


    El documento señala los procedimientos para la acumulación de períodos de seguro en ambos países, a efectos de que puedan brindarse las prestaciones debidas a los ciudadanos de las dos partes, independientemente del país en el que se encuentren. Dichas prestaciones serán revalorizadas y complementadas periódicamente.


    Por ejemplo, en el caso de que una persona haya trabajado en los dos países, Ecuador y España, sin reunir en ninguno de ellos el tiempo mínimo de aportaciones para beneficiarse de la pensión por jubilación, se sumarán los aportes realizados en cada país, para tener derecho a la pensión, cuyo monto será el resultado de la sumas de las pensiones parciales y guardará relación con el tiempo de aportes y la edad del beneficiario.


    El Acuerdo Administrativo incluye también la definición de los organismos de enlace entre las instituciones de los dos países, los mecanismos de comunicación entre ellos, la determinación de la Institución que se debe ocupar de tramita las prestaciones, los formularios que deben ser cumplimentados, la aplicación de las normas particulares y excepcionales y otros detalles administrativos.
    Los ecuatorianos radicados en la actualidad en España recibirán próximamente una carta de la Secretaria de Estado española para la Seguridad Social con información sobre los acuerdos bilaterales suscritos.

    También se puede obtener más información en www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Internacional/Conveniosbilaterales/Ecuador2/index.htm o acudiendo a la Dirección Provincial del INSS más próxima.


    Para los ecuatorianos que viven en España o los españoles que viven en Ecuador y tengan derecho a percibir una pensión, su importe les será entregado mediante transferencia bancaria.

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